CONSIDERANDO: que de los datos que informan el proceso y de la lectura de los
CONSIDERANDO: que de los datos que informan el proceso y de la lectura de los Autos Supremos y de Vista, invocados como precedentes contradictorios, se llega a las siguientes conclusiones:
Primera.- El Auto de Vista número 31/06 de 14 de noviembre de 2006, dictado por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni sobre los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza no contradice al caso de autos porque el fallo referido estableció que no es admisible la querella cuando el apoderado legal, carece de la facultad expresa y la sentencia condenatoria se basó en el acta de conciliación, en el cual el querellado expresó su intención de llegar a un acuerdo
- Partes: Humberto Dario Carvajal Morales y otra/ Bavil Chavez Q
- VISTOS: el recurso de casación (fojas 168 a 172), interpuesto el 26 de julio de
- CONSIDERANDO: que en mérito a la querella formulada por Humberto Darío Carvajal en representación de
- Que el Tribunal de Alzada no hubiera resuelto el reclamo sobre la ausencia de valoración
- Finalizó pidiendo que "se case la sentencia, el Auto recurrido y se determine la nulidad"
- CONSIDERANDO: que de los datos que informan el proceso y de la lectura de los
- El Auto de Vista número 358/04 de 2 de octubre de 2004, pronunciado por la
- Segunda
- El Auto Supremo número 111/07 de 31 de enero de 2007, sobre los delitos de
- En mérito a este análisis, se tiene que el recurrente no dio cumplimiento a las
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
