Tercera
Tercera.- En lo relativo a las Sentencias Constitucionales números 1075/03, 545/05, 193/05 y 600/03, citadas como precedentes contradictorios en el otrosí tercero, olvida el impetrante que el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal estipula de manera expresa que los precedentes contradictorios sólo constituyen los Autos de Vistas y los Autos Supremos dictados por Cortes Superiores de Justicia y las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia, respectivamente; en ese mismo sentido tenemos los Fallos Supremos números 59/04 de 4 de febrero de 2004, 141/04 de 10 de marzo de 2004, 339/04 de 7 de junio de 2004 entre otros
- Partes: Roberto Benjamín Bustillo Delgadillo c/ Hugo Rodrigo Toro M
- VISTOS: el recurso de casación (fojas 1149 a 1153) interpuesto el 22 de agosto de
- CONSIDERANDO: que concluido el juicio oral, el Juez Cuarto de Sentencia de la ciudad de
- Finalizó pidiendo al Tribunal Supremo que se anule la sentencia y ordene la reposición del
- CONSIDERANDO: que de los datos que informan el proceso y de la lectura de los
- El Auto Supremo número 472/05 de 8 de diciembre de 2005, sobre el delito de
- Segunda
- Tercera
- Cuarta
- Asimismo es necesario señalar que el hecho de haber formulado el imputado incidente de exclusión
- Por lo expuesto precedentemente, se tiene que el recurrente no dio cumplimiento a las previsiones
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
