En ese entendido, efectuado el análisis del proceso en su conjunto se tiene la no
En ese entendido, efectuado el análisis del proceso en su conjunto se tiene la no comparecencia de algunos procesados a diferentes actuados que han originado que se les declare rebeldes y contumaces a la ley con todas las consecuencias que implica dicho acto, sustanciándose el proceso en su rebeldía, y la incomparecencia de otros procesados o de sus abogados a uno u otra audiencia como se desprende de las actas de audiencias de (fojas 265, 400, 403, 412, 415, 476, 489, 627, 634, 663 y 737) que han causado la dilación del proceso
- VISTOS: La solicitud de extinción de la acción penal impetrado por Pablo Gómez Quintanilla el
- CONSIDERANDO: Que, luego de la querella interpuesta por el apoderado del Presidente y Gerente de
- Que, en la fase siguiente debido al recurso de apelación interpuesto por Pablo Gómez Quintanilla
- Que el representante del Ministerio Público, mediante requerimiento de 16 de diciembre de 2005, emitió
- Que, la aplicación automática de la regla de extinción de la acción penal por el
- En ese entendido, efectuado el análisis del proceso en su conjunto se tiene la no
- Que, si bien una de las características del derecho a la defensa consiste en la
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de justicia de la Nación,
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 1/2009
