- VISTOS: el recurso de casación (fojas 189 a 192) interpuesto el 15 de enero de
- CONSIDERANDO: que habiendo concluido el proceso de referencia en primera instancia con resolución número 21/2007
- CONSIDERANDO: que si bien es cierto que el imputado invocó como precedente contradictorio el Auto
- Que para los fines de admisión de dicho recurso no es suficiente la argumentación expuesta,
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
