Auto Supremo AS/0285/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0285/2009

Fecha: 12-Mar-2009

CONSIDERANDO: que conforme lo estatuido por el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal el


CONSIDERANDO: que conforme lo estatuido por el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal el recurso de casación procede para impugnar Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por otras Cortes Superiores de Justicia o por la Sala Penal de la Corte Suprema; debiendo interponerse dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista recurrido, señalándose la contradicción en términos precisos entre el auto de vista objeto del recurso y los precedentes invocados