Auto Supremo AS/0105/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0105/2009

Fecha: 01-Abr-2009

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, antes de resolverlo, corresponde considerar que el tribunal


CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, antes de resolverlo, corresponde considerar que el tribunal supremo tiene la obligación de examinar los procesos que llegan a su conocimiento, a fin de establecer si los jueces y tribunales inferiores, observaron las leyes y plazos que regulan la tramitación y conclusión de los procesos, para aplicar en su caso las sanciones pertinentes, conforme establece el art. 15 de la L.O.J. y, si correspondiere disponer la nulidad de obrados de oficio, según lo prevé el art. 252 del Cód. Pdto. Civ