Auto Supremo AS/0105/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0105/2009

Fecha: 01-Abr-2009

Por lo expuesto, debe aplicarse los arts


Por lo expuesto, debe aplicarse los arts. 15 de la L.O.J., 252 del Cód. Pdto. Civ., con la permisión de la norma remisiva contenida en el Art. 252 del Cód. Proc. Trab