Auto Supremo AS/0141/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0141/2009

Fecha: 24-Abr-2009

CONSIDERANDO: Que Nancy Aspiazu de Pabón, actuando a nombre propio y en representación legal de


VISTOS EN SALA PLENA: El recurso extraordinario de revisión de la sentencia Nº 62/2002 de 17 de septiembre de 2002, pronunciada por el Juez de Partido de Chulumani, Provincia Sud Yungas del Departamento de La Paz, dentro del proceso ordinario de usucapión seguido por Rolando e Hilda Taborga contra Enrique Flores, los antecedentes procesales, el informe de la Ministra Tramitadora Beatriz Sandoval de Capobianco, y

CONSIDERANDO: Que Nancy Aspiazu de Pabón, actuando a nombre propio y en representación legal de Carola Lockmer Aspiazu, Gustavo Aspiazu Velez y Julia Eloisa Aspiazu de Clavijo, al interponer el recurso extraordinario de revisión de sentencia, acusa la existencia de fraude procesal en virtud a que ante el Juzgado de Partido de la localidad de Chulumani, Provincia Sud Yungas del Departamento de La Paz, se siguió un proceso de usucapión en el que los actores Rolando e Hilda Taborga, pactando con el demandado Enrique Flores, logran despojarla de su propiedad ubicada en la localidad de Huancane, en la Provincia y Departamento señalados, este hecho a juicio de la ahora recurrente, se constituiría en un eminente fraude procesal que sirvió para obtener una sentencia en su contra y la de sus representados, que declaró probada la demanda y declarada la usucapión a favor de los demandantes