En la fase del plenario, el proceso radicó el 1 de febrero de 2000 conforme
En la fase del plenario, el proceso radicó el 1 de febrero de 2000 conforme se evidencia del decreto de fs. 70 vlta., gestionada la etapa de los debates la sentencia se dictó el 18 de junio de 2003 conforme consta a fs. 181 a 182 vlta., después de 3 años, 4 meses y 17 días, desde que radicó el proceso en el juzgado de partido
- VISTOS: La remisión dispuesta por este tribunal a fs
- En ese entendido, el Ministerio Público, invocando la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 y Auto Complementario
- Bajo estas premisas, cabe referir que el rechazo formulado por la Sala Penal Primera del
- CONSIDERANDO: Que, el órgano jurisdiccional debe analizar en términos objetivos y verificables los orígenes o
- CONSIDERANDO: Que, si bien el presente proceso en su tramitación ha excedido el máximo de
- En la fase del plenario, el proceso radicó el 1 de febrero de 2000 conforme
- Finalmente, la parte civil por memorial de fs
- Como se podrá advertir que desde la publicación del Nuevo Código de Procedimiento Penal, han
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
