POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 241, de oficio declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, instaurado a favor de Carlos del Castillo y Oscar Antonio Galindo Aguayo, por el delito de estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del Código Penal, que siguió en su contra el Banco de Santa Cruz S.A., debiendo cesar todas las medidas que se impusieron en su contra y debiendo procederse al correspondiente archivo de obrados de la presente causa penal
- VISTOS: La remisión dispuesta por este tribunal a fs
- En ese entendido, el Ministerio Público, invocando la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 y Auto Complementario
- Bajo estas premisas, cabe referir que el rechazo formulado por la Sala Penal Primera del
- CONSIDERANDO: Que, el órgano jurisdiccional debe analizar en términos objetivos y verificables los orígenes o
- CONSIDERANDO: Que, si bien el presente proceso en su tramitación ha excedido el máximo de
- En la fase del plenario, el proceso radicó el 1 de febrero de 2000 conforme
- Finalmente, la parte civil por memorial de fs
- Como se podrá advertir que desde la publicación del Nuevo Código de Procedimiento Penal, han
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
