CONSIDERANDO: Que, el representante del Ministerio Público, señala que ya se consideró la solicitud de
CONSIDERANDO: Que, el representante del Ministerio Público, señala que ya se consideró la solicitud de extinción de la acción penal por Auto cursante de fojas 484 a 485, que rechazó la misma y se dispuso la prosecución de la causa hasta su conclusión, por lo que requirió por la no consideración de la extinción de la acción penal
- VISTOS: En el trámite incidental de extinción de la acción penal, dentro del proceso penal
- CONSIDERANDO: Que, el representante del Ministerio Público, señala que ya se consideró la solicitud de
- La resolución de la extinción de la acción penal emitida por los tribunales de instancia
- Consiguientemente, del razonamiento esbozado es lógico inferir que no es suficiente considerar el tiempo transcurrido
- CONSIDERANDO: Que, de obrados se puede advertir que el accionar del imputado Alejandro Mamani Palma
- Sumado a ello, se debe llevar en consideración que la aplicación automática de la regla
- Las circunstancias actuales de esta administración de justicia, hace que los litigantes aprovechen el insalvable
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
