Auto Supremo AS/0280/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0280/2009

Fecha: 04-May-2009

POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, de acuerdo en parte con el requerimiento fiscal (fojas 506), declara NO HABER LUGAR A LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL a favor del imputado Alejandro Mamani Palma, debiendo proseguirse con el trámite de la causa hasta su culminación, por el delito de violación, previsto y sancionado en el artículo 308 del Código Penal