Auto Supremo AS/0328/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0328/2009

Fecha: 28-May-2009

CONSIDERANDO: Que, la Parte Final de la Disposición Transitorias Tercera de la Ley Nº 1970,


CONSIDERANDO: Que, la Parte Final de la Disposición Transitorias Tercera de la Ley Nº 1970, establece que: "las causas que deban tramitarse conforme al régimen procesal anterior, deberán ser concluidas en el plazo máximo de cinco años, computables a partir de la publicación de este Código. Los jueces constatarán de oficio o a pedido de parte, el transcurso de este plazo y cuando corresponda declararán extinguida la acción penal y archivarán la causa"