Finalmente, los procesados Noe Aliaga Copa, Eduardo Nina Matías, Josefina Mamani de Nina, Rafael Choque
Finalmente, los procesados Noe Aliaga Copa, Eduardo Nina Matías, Josefina Mamani de Nina, Rafael Choque Benítez y el defensor de oficio mediante memoriales de fs. 557, 560, 569 y 581 respectivamente, apelaron la sentencia de primera instancia, a sabiendas que la pena se le impuso de conformidad con los arts. 37, 38, 39 y 40 del Código Penal, otorgándoles la oportunidad de la reinserción social que es una de sus finalidades; y por memoriales de fs. 628 a 630 y 638 a 639, la defensora de oficio y los procesados recurrieron de casación contra el auto de vista de 3 de febrero de 2006 de fs. 622 a 625, con la única finalidad de dilatar el proceso lo más posible en su trámite y beneficiarse de esa manera con la extinción de la acción penal
- VISTOS: La remisión de oficio dispuesta por este tribunal a fs
- En ese entendido, el Ministerio Público, invocando la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 y Auto Complementario
- CONSIDERANDO Que, tomando en cuenta los lineamientos establecidos en la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 de
- CONSIDERANDO: Que, si bien el presente proceso en su tramitación ha excedido el máximo de
- En el desarrollo del proceso, la conducta de los imputados estuvo enmarcada dentro de los
- Por otro lado, consta la formulación de incidentes y excepciones totalmente dilatorios, como la interpuesta
- Finalmente, los procesados Noe Aliaga Copa, Eduardo Nina Matías, Josefina Mamani de Nina, Rafael Choque
- Como se ha comprobado, las actitudes asumidas por Rafael Choque Benítez, Noe Aliaga Copa, Eduardo
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
