PARTES: Gregorio Santos Santos y otro c/ Gobierno Municipal de La Paz
SALA CIVIL PRIMERA
AUTO SUPREMO N ° 162 Sucre, 25 de junio de 2009
DISTRITO: La Paz PROCESO: Ordinario-Nulidad de inscripción de Derechos Reales y otros
PARTES: Gregorio Santos Santos y otro c/ Gobierno Municipal de La Paz
AUTO SUPREMO N ° 162 Sucre, 25 de junio de 2009
DISTRITO: La Paz PROCESO: Ordinario-Nulidad de inscripción de Derechos Reales y otros
PARTES: Gregorio Santos Santos y otro c/ Gobierno Municipal de La Paz
- PARTES: Gregorio Santos Santos y otro c/ Gobierno Municipal de La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que cumpliendo el Auto Supremo anulatorio Nº 180 de 8 de septiembre de
- Formulado el recurso de apelación por el representante del Gobierno Municipal demandado (fs
- Contra la indicada resolución de vista, Carlos Andrés Suárez Ibáñez, en representación de Juan Fernando
- Concluyó solicitando que se disponga la remisión ante este tribunal para que emita resolución casando
- CONSIDERANDO II: Que la uniforme jurisprudencia sentada por este tribunal ha dejado establecido que el
- Cuando el recurso de casación es en el fondo, se deben circunscribir los hechos denunciados
- Si se fundamenta errónea apreciación de la prueba instituido en el art
- En todos los casos, son de inexcusable cumplimiento los requisitos establecidos en el artículo 258-2)
- CONSIDERANDO III: Que en la especie, el recurrente plantea recurso de casación en el fondo,
- En efecto, el recurrente se refiere a diferentes pruebas efectuando una fundamentación que se asimila
- Por último, contradictoriamente afirma, que también se habría incurrido en una interpretación errónea y aplicación
- Consecuentemente, siendo evidente la inobservancia de la adecuada técnica jurídico procesal en la interposición del
- POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178
- Para sorteo y resolución de la causa, previa convocatoria de fs
- Regístrese notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 25 de junio de2009
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Primera.
