Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0162/2009
Fecha: 25-Jun-2009
Patricia Parada Loras
Patricia Parada Loras
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PARTES: Gregorio Santos Santos y otro c/ Gobierno Municipal de La Paz
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MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
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CONSIDERANDO I: Que cumpliendo el Auto Supremo anulatorio Nº 180 de 8 de septiembre de
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Formulado el recurso de apelación por el representante del Gobierno Municipal demandado (fs
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Contra la indicada resolución de vista, Carlos Andrés Suárez Ibáñez, en representación de Juan Fernando
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Concluyó solicitando que se disponga la remisión ante este tribunal para que emita resolución casando
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CONSIDERANDO II: Que la uniforme jurisprudencia sentada por este tribunal ha dejado establecido que el
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Cuando el recurso de casación es en el fondo, se deben circunscribir los hechos denunciados
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Si se fundamenta errónea apreciación de la prueba instituido en el art
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En todos los casos, son de inexcusable cumplimiento los requisitos establecidos en el artículo 258-2)
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CONSIDERANDO III: Que en la especie, el recurrente plantea recurso de casación en el fondo,
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En efecto, el recurrente se refiere a diferentes pruebas efectuando una fundamentación que se asimila
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Por último, contradictoriamente afirma, que también se habría incurrido en una interpretación errónea y aplicación
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Consecuentemente, siendo evidente la inobservancia de la adecuada técnica jurídico procesal en la interposición del
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POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
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Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178
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Para sorteo y resolución de la causa, previa convocatoria de fs
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Regístrese notifíquese y devuélvase
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Firmado : Dr. Julio Ortiz Linares
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Dra. Rosario Canedo Justiniano
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Proveído : Sucre, 25 de junio de2009
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Patricia Parada Loras
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Secretaria de Cámara de la Sala Civil Primera.
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