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    Auto Supremo AS/0351/2009
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0351/2009

    Fecha: 17-Jun-2009

    POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


    POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en cumplimiento de los arts. 310 (incompetencia) del Código de Procedimiento Penal y 13 (declinatoria) del Código de Procedimiento Civil, de oficio, DECLINA el conocimiento de la presente causa penal, a la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, debiendo remitirse antecedentes a la misma y sea con las formalidades de ley
    • CONSIDERANDO: Que, el art
    • Que, de la revisión de antecedentes se establece que por requerimiento de 2 de junio
    • Ahora bien, Antonio Amado Murillo Terán en su denuncia de 4 de junio de 2008
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Regístrese y hágase saber
    • Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
    • Dr. Ángel Irusta Pérez
    • Cámara de la Sala Penal Primera
    • Libro Tomas de Razón 2/2009

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