Que, de la revisión de antecedentes se establece que por requerimiento de 2 de junio
Que, de la revisión de antecedentes se establece que por requerimiento de 2 de junio de 2008 de fs. 15 a 16, en base a la denuncia de Antonio Amado Murillo Terán de 4 de junio de 2008 de fs. 6 a 12 vlta. dentro la Causa: Chuquisaca 68/08 de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia y el Auto Supremo Nº 54 de 8 de marzo de 2008 emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia dentro la Causa: Chuquisaca 07/07 de fs. 13 a 14 vlta., el Fiscal General de la República informa el inicio de investigaciones contra Rolando Renán Jiménez Sempertegui, Vocal de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, por los delitos de prevaricato y negativa o retardo de justicia, previstos por los arts. 173 y 177 del Código Penal
- CONSIDERANDO: Que, el art
- Que, de la revisión de antecedentes se establece que por requerimiento de 2 de junio
- Ahora bien, Antonio Amado Murillo Terán en su denuncia de 4 de junio de 2008
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
