CONSIDERANDO: Que, en ese contexto, se tiene que en el caso de autos, las diligencias
CONSIDERANDO: Que, en ese contexto, se tiene que en el caso de autos, las diligencias de policía judicial tuvieron inicio el 19 de mayo de 2001 (fs. 1); luego de su remisión al órgano jurisdiccional y previas las consideraciones y trámite de ley, el tribunal del Juzgado Primero de Partido Liquidador de Sustancias Controladas, pronunció la Sentencia N° 27 de 10 de mayo de 2002 (fs. 256 a 265), que declaró a Julia Guillermina Aguilar Flores, Esteban Limachi Pinto y Adolfo Maldonado Mancilla, autores del delito de suministro de sustancias controladas en grado de tentativa, delito que se encuentra previsto y sancionado en el art. 51 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas con relación al art. 8 del Código Penal, condenándoles a sufrir la pena de 5 años y 4 meses de presidio a cumplir la primera de los procesados, en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes y los varones en la penitenciaría de "San Pedro" de la ciudad de La Paz, además de 300 días multa a razón de Bs. l.- por día, mas costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de sentencia; asimismo les absuelve por el delito de asociación delictuosa y confabulación, previsto y sancionado por el art. 53 de la Ley 1008. Dicho fallo fue confirmado mediante Resolución N° 199 de 6 de octubre de 2003, que resolvió los recursos de apelación de los procesados y el Ministerio Público (fs. 325 a 326 vuelta); interpuestos los recursos de casación por el Ministerio Público y la procesada Julia Guillermina Aguilar Flores, el expediente fue radicado en este Tribunal el 28 de mayo de 2004 (fojas 340)
- PARTES: Ministerio Público c/ Julia Guillermina Aguilar Flores, Esteban Limachi Pinto y Adolfo Maldonado Mancilla
- CONSIDERANDO: Que, por decreto de 31 de mayo de 2004 de fs
- CONSIDERANDO: Que, el procesado Esteban Limachi Pinto por memorial de fs
- CONSIDERANDO: Que, la Sentencia Constitucional N° 0101/04 de 14 de septiembre de 2004, establece que
- CONSIDERANDO: Que, en ese contexto, se tiene que en el caso de autos, las diligencias
- Que, del análisis integral del proceso y computado el tiempo de duración del mismo a
- En ese mismo contexto el art
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
