Al ser consecutivas las actuaciones de los miembros de este tribunal de apelación, emitiendo resoluciones
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida en los arts. 15 y 60 numeral 1 de la Ley de Organización Judicial, Arts. 271 inc. 3) y 275 del Código de Procedimiento Civil, ANULA el proceso hasta el sello del sorteo de a fs. 113, disponiendo que el tribunal de alzada, sin espera de turno, bajo responsabilidad administrativa y previo sorteo, pronuncie nuevo auto de vista, resolviendo el fondo de la causa con la pertinencia prevista por los arts. 190 y 236 del Código de Procedimiento Civil, emitiendo una resolución positiva o negativa, concediendo o negando los derechos pretendidos y si los concede, debe puntualmente señalar lo que le corresponde de acuerdo a ley, reservando la liquidación a las instancias técnicas del SENASIR, para evitar futuras determinaciones arbitrarias
Al ser consecutivas las actuaciones de los miembros de este tribunal de apelación, emitiendo resoluciones similares, se impone a cada uno de los Señores Vocales signantes la multa de Bs. 300.- que se deberá descontar por la Dirección Distrital del Consejo de la Judicatura
- PARTES: Enrique Marca Bilbao c/ SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso administrativo, la Comisión de Calificación de Rentas de la
- Formulado el recurso de reclamación de renta única de vejez del beneficiario a fs
- En recurso de apelación promovido por el demandante (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por la entidad demandada
- CONSIDERANDO II: Que antes de considerar los fundamentos del recurso, se debe tener presente lo
- A su vez el art
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- Al ser consecutivas las actuaciones de los miembros de este tribunal de apelación, emitiendo resoluciones
- Para resolución interviene la Ministra Beatriz A
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Beatriz Sandoval Bascopé
- Proveído: Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
