De este fallo de segunda instancia, la Prefectura del Departamento de Tarija, a través de
De este fallo de segunda instancia, la Prefectura del Departamento de Tarija, a través de sus representantes legales, interpone el "[...] recurso de casación en el fondo, por contener el Auto de Vista recurrido en error de hecho y derecho en la apreciación de la prueba, errónea aplicación indebida de la Ley y disposiciones contradictorias." (sic). y concluye su memorial indicando: "PETICION.- En base a todos estos antecedentes y argumentos, pido a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia Revoque el Auto de Vista Recurrido."
- AUTO SUPREMO Nº 192 - Social Sucre, 11 de agosto de 2009
- CONSIDERANDO: Que, con la nulidad dispuesta por Auto Supremo Nº 488 que consta a fs
- En grado de apelación, formulada por la entidad demandada, la Sala Social y Administrativa de
- De este fallo de segunda instancia, la Prefectura del Departamento de Tarija, a través de
- CONSIDERANDO: Que, conforme se halla sentado en la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso
- CONSIDERANDO: Que de la revisión del recurso, se colige que la parte recurrente no cumplió
- Efectivamente, examinado el recurso citado, de manera textual expone: "Referente al Considerando III
- Circunstancias éstas que frente a la inexistencia de argumentos pertinentes y concluyentes, implican que el
- Consiguientemente, al estar el recurso extraordinario perjudicado por la inobservancia y cumplimiento del art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para sorteo y resolución de la causa, según convocatoria de fs
- RELATOR: Ministro Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Carlos Bernal Tupa.- Secretario de Cámara
