POR TANTO:La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ejerciendo la
Por otra parte, debe considerase que el status jurídico que ostentan los presuntos implicados, conforme la certificación de fojas 4, es el de Diputado Plurinominal titular del Departamento de La Paz en representación de la Alianza Política Poder Democrático y Social (PODEMOS) en relación a Marco Antonio Córdova Santivañez y Diputada Plurinominal Suplente por el Departamento de La Paz en representación del Partido Político Movimiento al Socialismo-Instrumento Político por la Soberanía de los Pueblos (MAS-IPSP) en relación a Jiovana Cristina Navía Doria Medina, habiendo sido "electos" por mandato popular,
POR TANTO:La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ejerciendo la facultad que el artículo 52 de la Constitución Política del Estado de 1967 le otorga y de acuerdo con el Requerimiento del Fiscal General de la República, concede la AUTORIZACIÓN solicitada para el enjuiciamiento de MARCO ANTONIO CORDOVA SANTIVAÑEZ y JIOVANA CRISTINA NAVIA DORIA MEDINA, a efecto de que asuma las emergencias de la investigación que se pretende instaurar en su contra
- PARTES: Fiscal General de la República contra los Honorables Diputados Marco Antonio Córdova Santibáñez y
- FECHA: 13 de agosto de 2009
- VISTOS EN SALA PLENA: El Requerimiento del Señor Fiscal General de la República, cursante a
- Al efecto manifiestan que dentro del proceso penal que de oficio sigue el Ministerio Público
- A consecuencia de la solicitud de los Fiscales de Materia, el Fiscal General de la
- CONSIDERANDO: Que, a efecto de la consideración del Requerimiento de fojas 11-12, se hace necesario
- Que, por otra parte, resulta indispensable considerar el texto del artículo 51 Constitucional que prescribe:
- Que, la "inviolabilidad parlamentaria" debe ser entendida como la facultad de un representante nacional para
- Que, dicha inviolabilidad no puede ser traducida en impunidad, que implique el ejercicio de actividades
- Que a más de considerar como verdadero el fundamento esgrimido por la máxima autoridad del
- POR TANTO:La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ejerciendo la
- Póngase en conocimiento del Poder Legislativo y del Fiscal General de la República para fines
- No interviene el doctor Eddy Walter Fernández Gutiérrez por haberse dispuesto su suspensión por la
- Regístrese, comuníquese y archívese
- Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
