Auto Supremo AS/0423/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0423/2009

Fecha: 18-Sep-2009

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2.- El Auto de Vista impugnado no consideró que hubo falta de fundamentación en la sentencia pues ésta se limitó a describir los medios de prueba sin analizarlos ni valorarlos, contrariando así los Autos de Vista números 562 de 9 de abril y 1685 de 16 de diciembre de 2003 de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba. Agregó que el Auto de Vista recurrido erróneamente aplicó lo dispuesto por el artículo 337 del Código Penal, desconociendo que los querellantes habilitaron la vía civil, lo cual demuestra que no hubo estelionato