POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la concurrencia del Ministro de la Sala Penal Primera, Teófilo Tarquino Mújica, en ejercicio de sus atribuciones, aplicando la disposición contenida en el artículo 419 del Código de Procedimiento Penal, DECLARA INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Luis Fernando Pariente Rodríguez impugnando el Auto de Vista emitido el 1º de agosto de 2006 por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en el proceso penal seguido contra el recurrente con imputación por comisión del delito de estelionato
- Partes: Ministerio Público, Orlando Francisco Bazoalto Paniagua, Nancy Romero de Bazoalto y otros
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Luis Fernando Pariente Rodríguez el 8 de septiembre
- CONSIDERANDO: que el proceso de referencia fue tramitado ante el Tribunal de Sentencia Segundo en
- Esta resolución superior fue impugnada por el incriminado mediante memorial de 8 de septiembre de
- CONSIDERANDO: que el imputado fundamentó su recurso de casación con los siguientes argumentos
- 2
- CONSIDERANDO: que analizado lo expuesto por el recurrente en cotejo con los datos del proceso,
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
