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    Auto Supremo AS/0010/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0010/2010

    Fecha: 20-Ene-2010

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: La solicitud de 14 de enero de 2010 formulada por Mario Uribe Melendres, Fiscal
    • CONSIDERANDO: Que, el artículo 252 del Código de Procedimiento Penal, determina que las medidas cautelares
    • Que las medidas cautelares de carácter real constituyen medidas precautorias que se adoptan en el
    • Que, la anotación preventiva o anotación de la litis constituye una medida precautoria, en virtud
    • Que de los datos que cursan en obrados se evidencia que el Ministerio Público dentro
    • Que por las razones expuestas corresponde aceptar la solicitud de anotación preventiva formulada por el
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Regístrese y comuníquese
    • Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
    • Dr. Ángel Irusta Pérez
    • Cámara de la Sala Penal Primera
    • Libro Tomas de Razón 1/2010

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