POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, aplicando la regla establecida por la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal, en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 186 a 188, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL correspondiente al proceso seguido contra Patricia Quintanilla Guevara, a querella de Roberto Fuentes Ávila, en representación de Ivo Klaric Feleris, por el delito de estafa y en consecuencia ordena el archivo de obrados, salvando el derecho de la parte querellante, a la reparación del daño civil causado por la procesada
- Delitos: Estafa
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 21 de octubre de 2004 por Patricia Quintanilla
- CONSIDERANDO: Que el indicado proceso, tramitado según las reglas del Código de Procedimiento Penal de
- En atención a los recursos de apelación interpuestos tanto por la parte querellante como por
- CONSIDERANDO: que ante el hecho de haber transcurrido más de diez años desde el inicio
- Que el trámite correspondiente al caso de autos sufrió demoras tanto en la etapa del
- Que desde la emisión del Auto Inicial de la Instrucción que data del 17 de
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
