CONSIDERANDO: Que, el representante legal de la empresa contribuyente AEROSUR S
CONSIDERANDO: Que, el representante legal de la empresa contribuyente AEROSUR S.A., solicita complementación y aclaración del Auto Supremo Nº 377 de 5 de octubre de 2010, que cursa a fs. 92-95 y vta., emitido por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que declaró infundado el recurso de casación interpuesto a fs. 215-221, dentro el proceso contencioso tributario seguido por la empresa recurrente contra el Superintendente Tributario General, el Superintendente Tributario Regional y la Gerencia Distrital de Grandes Contribuyentes
- PARTES: Compañía Boliviana de Transporte Aéreo Privado S
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- VISTOS: El memorial presentado por Humberto Antonio Roca Leigue, representante legal de la Compañía Boliviana
- CONSIDERANDO: Que, el representante legal de la empresa contribuyente AEROSUR S
- Que, los arts
- En ese entendido, el representante de la empresa recurrente, sin invocar la disposición legal por
- Que, las explicaciones y complementaciones solicitadas por la empresa recurrente no cumplen con los límites
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
