Auto Supremo AS/0385/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0385/2010

Fecha: 08-Oct-2010

De ahí que se debe hacer referencia a lo que disponen las normas protectivas del


De ahí que se debe hacer referencia a lo que disponen las normas protectivas del trabajador en nuestro ordenamiento positivo, particularmente los consagrados en los Arts. 157 y 162 de la C.P.E. (abrogada), en relación directa con lo establecido en los Arts. 4º de la L.G.T., 3º inc. g) y 59 del Cód. Proc. Trab., determinando la irrenunciabilidad de los derechos sociales por ser inherentes a la condición del ser humano