CONSIDERANDO II: Que el recurso de casación en la Corte Suprema de Justicia de la
CONSIDERANDO II: Que el recurso de casación en la Corte Suprema de Justicia de la Nación está instituido para proteger dos finalidades esenciales: la defensa del derecho y la unificación de la jurisprudencia. La primera finalidad, es la correcta aplicación de la ley o del derecho en los fallos judiciales en todo el territorio de la República; con ello se busca el imperio de la seguridad jurídica y la igualdad de los ciudadanos ante la ley y la defensa de la supremacía de la ley. La segunda finalidad, es unificar la jurisprudencia, con el objeto de una interpretación común de la norma jurídica en todo el país
- PARTES: Daniel Becerra Aramayo c/ Empresa PAPER KING S.R.L
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por el representante de la empresa demandada (fs
- Que contra la resolución de vista, el representante legal de la empresa demandada, interpuso recurso
- CONSIDERANDO II: Que el recurso de casación en la Corte Suprema de Justicia de la
- El recurso de casación que se asimila a una nueva demanda de puro derecho podrá
- En autos, contra el mencionado auto de vista, la parte demandada planteó "Recurso de casación",
- El representante legal de la empresa demandada no consideró que el recurso de casación es
- Finalmente se debe recordar que el planteamiento del recurso de casación necesariamente debe ser realizado
- En esa virtud, el recurrente a tiempo de plantear su recurso debe motivarlo señalando el
- Consiguientemente, al no cumplir dichos presupuestos jurídicos el recurso de casación en análisis, corresponde resolver
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorario profesional de Abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Esteban Miranda Terán
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
