Auto Supremo AS/0409/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0409/2010

Fecha: 27-Oct-2010

En esa virtud, la jurisprudencia exige que el recurrente a tiempo de plantear su recurso


En esa virtud, la jurisprudencia exige que el recurrente a tiempo de plantear su recurso debe motivarlo señalando el agravio sufrido en cuanto al vicio (de forma o fondo) que denuncia y el derecho que lo respalda, es que por su naturaleza, la casación está limitada únicamente a las cuestiones de derecho, por lo que es preciso que el recurrente no sólo cite, sino principalmente fundamente porque considera que las disposiciones legales han sido violadas o erróneamente aplicadas, expresando además cual será la aplicación que se pretende, lo que no ocurre en la especie, pues el representante de la entidad demandada no adecua su reclamo a las causales de procedencia del recurso de casación en el fondo que prevé el art. 253 del Código de Procedimiento Civil