Auto Supremo AS/0523/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0523/2010

Fecha: 29-Oct-2010

CONSIDERANDO: Que, José Luzwel Patiño Espinoza, en su recurso de casación de fs


Estafa (Declara Inadmisible el Recurso de Casación)
VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por José Luzwel Patiño Espinoza, de fs. 156-163, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Juan Unzueta Arispe, contra el nombrado recurrente, por la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del Código Penal. Los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO: Que, José Luzwel Patiño Espinoza, en su recurso de casación de fs. 156-163, presentado el 16 de febrero de 2008, a horas 9:35, arguye que el Auto de Vista de 8 de enero de 2008, dictado por la Sala Penal Tercera del Distrito Judicial de Cochabamba, vulneró el debido proceso al haber omitido revisar normas y procedimientos de cumplimiento obligatorio al no haber considerado los siguientes aspectos:

Alega que no tomó en cuenta la extinción del proceso, por el transcurso del tiempo, previsto en el art. 133 del Código de Procedimiento Penal, que establece que todo proceso tendrá una duración máxima de tres años. Contados desde el primer acto del procedimiento salvo el caso de rebeldía. Vencido el plazo, el Juez o Tribunal del Proceso de oficio o a petición de parte declarará extinguida la acción penal