CONSIDERANDO: que la demandante Mayra Padilla Ramos interpuso recurso de casación el 30 de julio
CONSIDERANDO: que la demandante Mayra Padilla Ramos interpuso recurso de casación el 30 de julio de 2007 (fojas 94 a 97), impugnando el Auto de Vista número 239/2007 emitido el 17 de julio de 2007 (fojas 89 a 90) por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca en el proceso señalado al exordio
- AUTO SUPREMO Nº 555 Desistimiento Sucre, 28 de octubre de 2010
- VISTOS: el memorial de desistimiento del proceso presentado el 29 de octubre de 2008 por
- CONSIDERANDO: que la demandante Mayra Padilla Ramos interpuso recurso de casación el 30 de julio
- Que la recurrente por el memorial que antecede formuló desistimiento del proceso, al haber arribado
- Que basa su solicitud en lo dispuesto por el artículo 304 del Código de Procedimiento
- Que atendiendo y comprendiendo la pretensión de la demandante Mayra Padilla Ramos, se debe resolver
- POR TANTO: la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia del
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
