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3.- Efectuado al respecto el análisis correspondiente a la fase que concluyó con sentencia de primera instancia, se pudo apreciar que la decisión respectiva se basó en una adecuada valoración de pruebas, más allá de duda razonable, que demostró que la incursión intempestiva de Agentes de la Fuerza Especial de Lucha contra el Narcotráfico en el domicilio de la recurrente, fue resultado de una investigación originada en datos proporcionados por agente encubierto que, haciéndose pasar por comprador de droga, logró obtener una cita para ese efecto. En el momento en que se inició la requisa, intentaron huir los imputados Velásquez y Ramírez, el primero de los cuales llevaba consigo un revolver cuando fue sorprendido. La droga incautada correspondió a un total de 8.842 gramos de cocaína
- Partes: Ministerio Publico c/ Maria Victoria Flores Ariste, Hugo Velásquez Súbelza y Jesús Hugo Ramírez
- Delito: Trafico Ilícito de Sustancias Controladas
- Ministro Relator: Ramiro José Guerrero Peñaranda
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 31 de marzo de 2004 por María Victoria
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se
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- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
