De lo expuesto se establece y comprende que, el Auto de Vista, en principio estableció
De lo expuesto se establece y comprende que, el Auto de Vista, en principio estableció la existencia de un testamento a través del cual el testador expresó su última voluntad referida a la desheredación o exclusión de su hijo Jaime Luzvardo Vega Gómez y, que tal voluntad fue expresada al amparo de la previsión del artículo 1173 del Código Civil. Dicho de otra forma, el Tribunal Ad quem concluyó que la voluntad de desheredación expresada por el de cujus se encuentra comprendida dentro la previsión del artículo 1173 del Código Civil, al respecto señaló que se habría probado el primer punto fijado en el Auto de relación procesal de fojas 20 y vuelta de 23 de marzo de 2001, referido precisamente a la causal de desheredación prevista por el citado artículo 1173-1) en relación al artículo 1009-3), ambos del Código Civil; causal que como orienta la doctrina se funda en los naturales sentimientos de afecto y respeto hacia la persona del causante y tiende a evitar hechos que constituyen atentados a su integridad moral
- Auto Supremo: Nº 381. Sucre: 6 de Noviembre de 2010
- Expediente: Nº 50 - 06 - S
- Distrito: Cochabamba
- Ministro Relator: Dr. Ángel Irusta Pérez
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 1597 a 1601 interpuesto por
- Que, en grado de apelación deducida por el demandado Jaime Luzvardo Vega Gómez, la Sala
- Resolución de alzada recurrida en casación por el demandado Jaime Luzvardo Vega Gómez
- CONSIDERANDO: Que, el recurrente señaló que las causales de desheredación son taxativas y se encuentran
- Señaló que su padre a momento de testar adolecía de un impedimento físico -ceguera-, en
- Manifestó que el testamento, en el que su señor padre lo desheredó, contiene varias causales
- Por las razones expuestas solicitó se revoque el Auto de Vista recurrido y la Sentencia
- CONSIDERANDO:Que, en principio corresponde aclarar que las formas de resolver el recurso de casación, se
- Que, no obstante la imprecisión del petitorio del recurrente, resolviendo el recurso interpuesto, corresponde establecer
- Que, en ese marco, ingresando a resolver el recurso conforme los agravios expuestos en relación
- De lo expuesto se establece y comprende que, el Auto de Vista, en principio estableció
- La resolución de alzada confirmó la Sentencia impugnada, fundando esa determinación en el hecho de
- En cuanto a la denuncia formulada por el recurrente en relación a que su padre
- Finalmente en relación a que el Tribunal de alzada no habría considerado que todas las
- Por las razones anotadas, se concluye que no son ciertas las violaciones acusadas en el
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2010
