Que, en grado de apelación deducida por el demandado Jaime Luzvardo Vega Gómez, la Sala
Que, en grado de apelación deducida por el demandado Jaime Luzvardo Vega Gómez, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, el 20 de junio de 2006, pronunció el Auto de Vista de fojas 1594 y vuelta, confirmando la Sentencia apelada, con costas
- Auto Supremo: Nº 381. Sucre: 6 de Noviembre de 2010
- Expediente: Nº 50 - 06 - S
- Distrito: Cochabamba
- Ministro Relator: Dr. Ángel Irusta Pérez
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 1597 a 1601 interpuesto por
- Que, en grado de apelación deducida por el demandado Jaime Luzvardo Vega Gómez, la Sala
- Resolución de alzada recurrida en casación por el demandado Jaime Luzvardo Vega Gómez
- CONSIDERANDO: Que, el recurrente señaló que las causales de desheredación son taxativas y se encuentran
- Señaló que su padre a momento de testar adolecía de un impedimento físico -ceguera-, en
- Manifestó que el testamento, en el que su señor padre lo desheredó, contiene varias causales
- Por las razones expuestas solicitó se revoque el Auto de Vista recurrido y la Sentencia
- CONSIDERANDO:Que, en principio corresponde aclarar que las formas de resolver el recurso de casación, se
- Que, no obstante la imprecisión del petitorio del recurrente, resolviendo el recurso interpuesto, corresponde establecer
- Que, en ese marco, ingresando a resolver el recurso conforme los agravios expuestos en relación
- De lo expuesto se establece y comprende que, el Auto de Vista, en principio estableció
- La resolución de alzada confirmó la Sentencia impugnada, fundando esa determinación en el hecho de
- En cuanto a la denuncia formulada por el recurrente en relación a que su padre
- Finalmente en relación a que el Tribunal de alzada no habría considerado que todas las
- Por las razones anotadas, se concluye que no son ciertas las violaciones acusadas en el
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2010
