Auto Supremo AS/0447/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0447/2010

Fecha: 04-Nov-2010

En consecuencia, no siendo evidentes las infracciones aludidas por el recurrente y al no existir


En consecuencia, no siendo evidentes las infracciones aludidas por el recurrente y al no existir mérito para disponer la casación del auto de vista recurrido, toda vez que las infracciones acusadas en el recurso de casación son infundadas, corresponde fallar conforme los arts. 271 inc. 2) y 272 del Cód. Pdto. Civ., aplicables por permisión del art. 252 del Cód. Proc. Trab