infracción de los arts
Que contra la resolución de vista, el gerente propietario de la empresa demandada, interpuso recurso de nulidad y casación en el fondo (fs. 113-114), expresando que el tribunal de alzada actuó sin poder y con falta de jurisdicción al no pronunciarse sobre los puntos apelados con
infracción de los arts. 208 del Cód. Proc. Trab. y 236 del Cód. Pdto. Civ., acusando también la infracción del Decreto Supremo N° 11478 de 16 de mayo de 1974, que indica que si el trabajador se retira voluntariamente a los 5 años tiene derecho al pago de sus derechos sociales y no como ocurre en la presente causa pues el actor cuenta con 4 años, 9 meses y 7 días y además existe prueba de retiro voluntario, por cuya razón solicita la nulidad del auto de vista y si no se diera curso a su pretensión deliberando en el fondo, se declare improbada la demanda y sea con costas
- PARTES: Antolín Mamani Pedroc/ Empresa MATRICAL S.R.L
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por ambas partes, la Sala Social y Administrativa de la
- infracción de los arts
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación se
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los
- De tal manera que ambos recursos se sustentan en causas diferentes y persiguen efectos distintos
- Que en ese marco legal, el recurso interpuesto es insuficiente e injustificable, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorario profesional de Abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
