CONSIDERANDO: Que, Asteria Villarroel García, en su recurso de casación de fs
DELITO: Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado. (Declara Inadmisible)
VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Asteria Villarroel García, de fs. 192-193 y vlta., dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y querella de Lucho Andia, contra la nombrada, por la comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos en los arts. 198, 199, 203 y 305 del Código Penal, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO: Que, Asteria Villarroel García, en su recurso de casación de fs. 192-193 vlta., presentado el 26 de mayo de 2007 a horas 11:02 am. arguye que el Auto de Vista que confirmó la sentencia, es contradictorio a otro dictado en un caso similar, toda vez que el fallo de primera instancia está basado en una defectuosa y errónea valoración de la prueba presentada por la acusación
- PARTES: Ministerio Público y Querella de Lucho Andia c/Asteria Villarroel García
- CONSIDERANDO: Que, Asteria Villarroel García, en su recurso de casación de fs
- Que el Auto de Vista de 7 de mayo de 2007 recurrido, emitido por los
- En el caso de autos, se dictó sentencia condenatoria por el mismo Tribunal de Sentencia
- Que se modificó la tipificación y la pena en razón a que se le agravó
- Con tales argumentos pide se deje sin efecto el Auto de Vista y se ordene
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad
- Que, examinados los hechos y antecedentes del caso, se evidencia que el Auto de Vista
- Del análisis y contenido de la notificación con el Auto de Vista, a Asteria Villarroel
- Por otra parte, anexó la fotocopia de la apelación restringida, no se evidencia que hubiera
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 3/2010
