Lo anterior demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de las formalidades reclamadas por el
Lo anterior demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de las formalidades reclamadas por el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil referida a la cita clara, concreta y precisa de la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o ambos, por cuanto el legislador está cuidando que el recurso cumpla su finalidad, cual es de abrir la competencia del órgano y éste no incurra en arbitrariedad alguna. Esas formalidades son las que el recurrente no ha cumplido en su recurso y esa es la razón precisamente para que este tribunal se vea imposibilitado de dar lugar a la casación impetrada
- AUTO SUPREMO Nº 639 Social Sucre, 16 de noviembre de 2010
- En grado de apelación deducido por el demandante, la Sala Social y Administrativa Primera de
- Que, contra la resolución de vista, los demandados interponen recurso de casación en el fondo,
- b) Que existe una mala interpretación de la Ley General del Trabajo toda vez que
- c) Que el servicio de lavandería está dentro del sector informal de la economía, descansando
- Concluye solicitando se anule el presente proceso
- CONSIDERANDO II
- Pese a la claridad del dispositivo legal citado, en el caso de autos, se descuidó
- Sobre el particular, se debe recordar que conforme al art
- En el marco de la inteligencia de éste dispositivo legal, mal podría casarse o anularse
- Lo anterior demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de las formalidades reclamadas por el
- Por otro lado se evidencia que en el presente recurso se confunde el recurso de
- En mérito a lo expuesto, este Tribunal no encuentra razones para dar cabida a la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorarios en Bs. 500.- que mandará ejecutar el tribunal ad quem
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
