Auto Supremo AS/0261/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0261/2010

Fecha: 03-Dic-2010

CONSIDERANDO: Que previa a la admisión de la demanda, mediante providencia de fojas 20, este


CONSIDERANDO: Que previa a la admisión de la demanda, mediante providencia de fojas 20, este Tribunal Supremo dispuso que el impetrante presente prueba o certificación de ejecutoria de la otra sentencia que sirva de fundamento para la revisión extraordinaria o en su caso la constancia de haberse presentado protesta formal ante la Corte Suprema con anterioridad, anunciando hacer uso del recurso de revisión extraordinaria, precisando además en qué causal del artículo 297 del Código de Procedimiento Civil justifica su pretensión y si el mismo ha sido formalizado dentro el plazo previsto por el artículo 298 de la citada norma adjetiva civil, concediendo a tal efecto el plazo de diez días computables a partir de su legal notificación, bajo apercibimiento de tenérsela como no presentada o ser rechazada, orden que fue cumplida en parte con memorial de fojas 24, al que se adjunta un certificado extendido por la Secretaria Abogada del Juzgado Octavo de Partido en materia Civil y Comercial de Santa Cruz sobre la ejecutoria de la Sentencia de 27 de diciembre de 2004, la misma que fue confirmada en todas sus partes por Auto de Vista de 30 de junio de 2005 y declarado infundado el recurso de casación interpuesto por Auto Supremo de 9 de mayo de 2008