Auto Supremo AS/0539/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0539/2010

Fecha: 11-Dic-2010

Consecuentemente, conforme han concluido las SSCC 0025/2006, 0028/2006, 0040/2006, 0054/2006, al haber fenecido el término


Consecuentemente, conforme han concluido las SSCC 0025/2006, 0028/2006, 0040/2006, 0054/2006, al haber fenecido el término que la SC 0076/2004, estableció para que el Poder Legislativo subsane el vacío detectado, la Disposición Final Novena del CTB, única y exclusivamente en lo referido a la abrogatoria del procedimiento contencioso tributario establecido en el Título VI (arts. 214 a 302) del CTB (Ley 1340), ha dejado de formar parte del ordenamiento jurídico, conforme exhortó y advirtió el Tribunal Constitucional, de modo que, de acuerdo a lo dispuesto en la SC 0018/2004, el art. 157 inc. b) de la LOJ, así como el proceso contencioso tributario establecido en el anterior Código Tributario se encuentran plenamente vigentes, dado que estas normas atribuyen competencia a los juzgados en materia administrativa, coactiva fiscal y tributaria para conocer y decidir en primera instancia, los procesos contencioso tributarios originados en los actos de determinación de tributos y en general, de las relaciones jurídicas emergentes de la aplicación de leyes tributarias, de manera que la impugnación de los actos administrativos tributarios ante la autoridad jurisdiccional por vía del proceso contencioso tributario, se encuentra plenamente vigente"