CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Sentencia Séptimo de la ciudad de Santa Cruz, dictó la
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 644 Sucre, 13 de diciembre de 2010
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Ministerio Público c/ Edwin Vallejos y Otra
DELITO: Transporte de Sustancias Controladas (Declara Inadmisible)
VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por los procesados Edwin Vallejos Camacho y Nancy Ocaña Barrientos (fs. 169 a 171), impugnando el Auto de Vista de 14 de febrero de 2008 (fs. 166 a 167), emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Edwin Vallejos Camacho y Nancy Ocaña Barrientos, por el delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008), los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Sentencia Séptimo de la ciudad de Santa Cruz, dictó la Sentencia 15/07, de 20 de noviembre de 2007 (fs. 106 a 115), que declaró a los procesados autores y culpables de la comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, imponiéndoles a cada uno la pena de ocho años de privación de libertad a cumplir en el Centro de Rehabilitación "Santa Cruz", sección varones y sección mujeres correspondientemente, más al pago de doscientos días multa a razón de Bs. 1.- por día pagaderos en efectivo y al cumplir la pena mediante Depósito Judicial, y costas a ser fijadas en ejecución de Sentencia, debiendo confiscarse definitivamente la suma de dinero de $us 1.300.- más los pasajes aéreos encontrados a nombre de los procesados, bienes que debían pasar a custodia de la Dirección Departamental de Registro, Control y Administración de Bienes Incautados, para que sean destinados a una institución de bien social; fallo que apelado por los procesados, fue confirmado mediante Auto de Vista de 14 de febrero de 2008 (fs. 166 a 167), emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, Auto de Vista que ahora es recurrido en Casación
AUTO SUPREMO: No. 644 Sucre, 13 de diciembre de 2010
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Ministerio Público c/ Edwin Vallejos y Otra
DELITO: Transporte de Sustancias Controladas (Declara Inadmisible)
VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por los procesados Edwin Vallejos Camacho y Nancy Ocaña Barrientos (fs. 169 a 171), impugnando el Auto de Vista de 14 de febrero de 2008 (fs. 166 a 167), emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Edwin Vallejos Camacho y Nancy Ocaña Barrientos, por el delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008), los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Sentencia Séptimo de la ciudad de Santa Cruz, dictó la Sentencia 15/07, de 20 de noviembre de 2007 (fs. 106 a 115), que declaró a los procesados autores y culpables de la comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, imponiéndoles a cada uno la pena de ocho años de privación de libertad a cumplir en el Centro de Rehabilitación "Santa Cruz", sección varones y sección mujeres correspondientemente, más al pago de doscientos días multa a razón de Bs. 1.- por día pagaderos en efectivo y al cumplir la pena mediante Depósito Judicial, y costas a ser fijadas en ejecución de Sentencia, debiendo confiscarse definitivamente la suma de dinero de $us 1.300.- más los pasajes aéreos encontrados a nombre de los procesados, bienes que debían pasar a custodia de la Dirección Departamental de Registro, Control y Administración de Bienes Incautados, para que sean destinados a una institución de bien social; fallo que apelado por los procesados, fue confirmado mediante Auto de Vista de 14 de febrero de 2008 (fs. 166 a 167), emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, Auto de Vista que ahora es recurrido en Casación
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Sentencia Séptimo de la ciudad de Santa Cruz, dictó la
- CONSIDERANDO: Que, por determinación del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- Que, en el caso de autos, se advierte que los hoy recurrentes aducen en su
- El Recurso de Casación mencionado, no cumple ni reúne el requisito de procedencia previsto por
- Asimismo, tampoco corresponde admitir el presente Recurso de Casación porque la cita del Auto Supremo
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 4/2010
