Auto Supremo AS/0659/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0659/2010

Fecha: 07-Dic-2010

En efecto, según el instituto de la casación recogido por nuestro sistema procesal, la casación


En efecto, según el instituto de la casación recogido por nuestro sistema procesal, la casación en el fondo procede por cuestiones in judicando, es decir como emergencia del análisis racional fallido respecto al derecho aplicable en un caso concreto, para ser más preciso, esto se da cuando el juzgador incurre en error al establecer los hechos materia de la controversia, aplicando mal o no aplica los preceptos jurídicos pertinentes al caso, ya sea desconociendo deliberadamente el derecho sustantivo aplicable o interpretándolo erróneamente, conforme se tiene de los preceptos legales de los arts. 253, 258-2 y 274 del Código de Procedimiento Civil