Auto Supremo AS/0701/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0701/2010

Fecha: 21-Dic-2010

II


II.- La infracción del artículo 408 del Código de Procedimiento Penal, porque en el Auto de Vista se mencionó la SC. No. 0034/2006 de 10 de mayo, sabiendo que no es precedente contradictorio y se utilizó como fundamento de oficio para modificar la resolución el error involuntario de la Sentencia que mencionó el artículo 198 del Código Penal, cuando la parte apelante jamás hizo reserva para invocar esta errónea aplicación de la norma; además pretenden hacer creer que son lo mismo un certificado médico y un certificado médico forense, extendido por un funcionario público (documento público), mencionando al respecto el Auto Supremo No 417/2003 de 19 de agosto