CONSIDERANDO: que en el proceso de referencia, el Juzgado Tercero de Partido de Sustancias Controladas
CONSIDERANDO: que en el proceso de referencia, el Juzgado Tercero de Partido de Sustancias Controladas de Santa Cruz dictó sentencia (fojas 335 a 343) por la que declaró a los procesados Erlan Mauricio Ayala Hernández, Iraci Elías Bhering y Vania Gutiérrez Silva autores del delito de tráfico de sustancias controladas tipificado por el artículo 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas imponiendo a cada uno de ellos la pena privativa de diez años de presidio, y absolvió a Jhonny Sánchez Salvatierra, a Jorge Paniagua Achá y a Juan Carlos Lora Vaca, respecto a lo cual, en grado de apelación, se emitió el Auto de Vista que, por el hecho de haber confirmado dicha sentencia, dio origen a la presentación del recurso de casación que es aso de autos
- Partes: Ministerio Público c/ Erlan Mauricio Hernández, Vania Gutiérrez Silva y otros
- Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
- VISTOS: el recurso interpuesto por Iraci Elías Bhering (fojas 368 a 369 vuelta) impugnando el
- CONSIDERANDO: que en el proceso de referencia, el Juzgado Tercero de Partido de Sustancias Controladas
- Que el mencionado recurso fue interpuesto con argumento expuesto en sentido de haber sido emitido
- Que de la revisión efectuada se establece que el Tribunal de Alzada, ejerciendo la atribución
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
