Auto Supremo AS/0035/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0035/2010

Fecha: 17-Feb-2010

CONSIDERANDO: que la impetrante manifestó que, habiéndosele notificado con la imputación formal el 12 de


CONSIDERANDO: que la impetrante manifestó que, habiéndosele notificado con la imputación formal el 12 de junio de 2006, corresponde proceder a la extinción de la respectiva acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, en aplicación de la regla contenida en el artículo 133 del Código de Procedimiento Penal que señala que toda causa debe terminar en el plazo de máximo de tres años contados desde el primer acto del procedimiento