Que la administración catalogó de insuficiente la documentación aportada por la recurrente observando nuevamente su
Que la administración catalogó de insuficiente la documentación aportada por la recurrente observando nuevamente su expediente solicitándole una serie de resoluciones administrativas conforme se detalla en el formulario 460 INT, que nuevamente fueron subsanadas por la solicitante según se advierte por las literales que corren de fs. 76 a 82, emitiéndose como consecuencia la Resolución Nº 004679 de 20 de abril de 2004 que resolvió otorgar renta única de vejez equivalente al 92% de su promedio salarial en el monto de Bs. 939,16, correspondiendo tanto a la renta básica como a la complementaria el 46% Bs. 469,58, a partir del mes de enero de 2003. Decisión que no pudo sostenerse incólume, pues la actora presentó nuevamente las pruebas tachadas de insuficientes reclamando con justa razón la recalificación de su renta, lo que motivó a que el SENASIR pronuncie la Resolución Nº 000141 de 9 de enero de 2007, reconociendo la solicitud de recálculo de renta única de vejez, pero esta vez, al 100% de su promedio salarial en el monto de Bs. 1.238,23, correspondiendo a la básica el 58% Bs. 598,08 y a la complementaria 42% Bs. 428,75, más los incrementos de ley; empero con una consecuencia perjudicial a los derechos de la beneficiaria, cual es, haber dispuesto erróneamente que su pago se haga efectivo recién a partir del mes de diciembre de 2006
- AUTO SUPREMO Nº 80 - Reclamación Sucre, 23 de marzo de 2010
- CONSIDERANDO: Que tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación, emitió la Resolución Nº
- En grado de apelación, deducido por la interesada (fs
- Este fallo motivó el recurso de casación (fs
- Concluye solicitando se case el auto de vista recurrido y se revoque la Resolución Nº
- CONSIDERANDO: Así expuesto el recurso, con base a los antecedentes del proceso se tiene
- Que la administración catalogó de insuficiente la documentación aportada por la recurrente observando nuevamente su
- La negación de la renta sustentada legalmente en los arts
- Consiguientemente para reparar parcialmente el daño causado por la administración a la beneficiaria, corresponde el
- Por lo relacionado, siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde resolver el mismo,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas, en aplicación del art
- Para resolución según convocatoria de fs
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
