CONSIDERANDO: Que cursa en obrados un requerimiento emitido por el Fiscal de Recursos, con criterio
VISTOS: El requerimiento fiscal de 01 de marzo de 2007, pronunciado de oficio sobre la extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo (fojas 219 a 220), en el proceso penal seguido por Gazi Salmón Richmagui Hode contra Carlos Alberto Toro Sarmiento, con imputación por la comisión de los delitos de estafa y giro de cheque en descubierto, tipificados en los artículos 335 y 204 del Código Penal, radicado en esta Corte Suprema de Justicia con el recurso de casación formulado por el procesado, los antecedes de la materia; y
CONSIDERANDO: Que cursa en obrados un requerimiento emitido por el Fiscal de Recursos, con criterio en sentido de no haber lugar a la extinción de la acción penal (fojas 219 a 220); y siendo la excepción de extinción de la acción penal de previo y especial pronunciamiento, corresponde a este Tribunal pronunciarse de oficio sobre ese aspecto siempre y cuando concurran los requisitos señalados por la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal y la jurisprudencia establecida por el Tribunal Constitucional
- PARTES: Gazi Salmón Richmagui Hode c/ Carlos Alberto Toro Sarmiento
- Estafa y Giro de Cheque en descubierto
- CONSIDERANDO: Que cursa en obrados un requerimiento emitido por el Fiscal de Recursos, con criterio
- Que la Sentencia Constitucional número 1365/05 de 31 de octubre de 2005, estableció que para
- Que previo un análisis especial del caso de Autos, se ha llegado a establecer que
- Que en segunda instancia, se revocó la Sentencia sólo con relación a la imposición de
- Que de lo manifestado se pudo apreciar, que en la tramitación del proceso no se
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excma
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
