Apelada la decisión por ambos procesados (fs
Apelada la decisión por ambos procesados (fs. 327 a 328 y de fs. 332), por el tercerista Hugo Guzmán Galindo (fs. 330 vta.), y por el representante del Ministerio Público (fs. 333 a 334), fue confirmada mediante Auto de Vista de 13 de septiembre de 2006 (fs. 356 a 357), con la modificación de incrementar la pena de José Aguilar Veliz a 11 años de presidio, razón por la cual, ambos imputados (fs. 360 a 368 y 377 a 383), como el tercerista (fs. 371 a 373 vta.) recurren de casación) en fechas 24 de octubre, 4 y 14 de noviembre de 2006; empero, el tiempo transcurrido desde entonces no puede ser considerado per se como indebido, toda vez que la excesiva carga procesal existente en las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, motivó la demora en la emisión de la resolución del recurso de casación
- PARTES: Ministerio Público c/ Román Zambrana Ramírez y José Aguilar Véliz. Tráfico de Sustancias Controladas
- CONSIDERANDO: Que la disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal (Ley Nº 1970 de
- Que la tramitación del proceso dentro de un plazo razonable es una de las garantías
- Que, por ello se entiende que el plazo de duración máxima del proceso, previsto por
- Que la mencionada Sentencia Constitucional establece que el órgano jurisdiccional debe analizar en términos objetivos
- En el mismo sentido, la Sentencia Constitucional 1042/2005 de 5 de septiembre de 2005, establece
- CONSIDERANDO: Que, la administración de justicia debe estar exenta de dilaciones indebidas, lo cual sucede
- Que, la garantía de juzgamiento en plazo razonable protege al imputado de aquellos actos injustificados
- Que en el caso de autos, de los datos que cursan en obrados, se advierte
- Apelada la decisión por ambos procesados (fs
- CONSIDERANDO: Que en el caso de autos, se establece que el delito de tráfico de
- Que, de los antecedentes ampliamente expuestos, se evidencia que, el plazo previsto por la Disposición
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
