Auto Supremo AS/0124/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0124/2010

Fecha: 29-Abr-2010

CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución pertinente, se cuenta con los


CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución pertinente, se cuenta con los siguientes datos:

1.- Ante la demanda que con propósito de indemnización por accidente de trabajo planteó Esther Antonieta Leytón Michel contra el Banco Central de Bolivia, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz pronunció la Sentencia de 12 de marzo de 2004 (fojas 91 a 94), que declaró probada dicha demanda y fijó en un determinado monto el pago que por ese concepto debía efectuar el Banco Central de Bolivia, basando tal decisión en la regla contenida en el artículo 79 de la Ley General del Trabajo que dispone que, independientemente de la asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria y de los gastos de funerales, el patrono está obligado a pagar al trabajador, en caso de incapacidad parcial permanente, la indemnización máxima de dieciocho meses de salarios